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¿Malas noticias para los profesionales sanitarios?... ¡¡todo lo contrario!!... cualquiera deduciría que nos preguntaron y contestamos que queríamos colegiación “obligatoria”, ¡¡pues NO!!...

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AUN NOS QUEDA ALGUNA ESPERANZA: LA CNMC OPINA QUE SOLO ES NECESARIA PARA LOS PROFESIONALES DE LA SANIDAD PRIVADA

Competencia se opone a la colegiación obligatoria

En su informe sobre el Anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales, la CNMC insta a Economía a retirar también la colegiación obligatoria para los farmacéuticos comunitarios

Foto.- El presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), José María Marín Quemada.

Redacción Médica, Madrid

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (la antigua Comisión Nacional de la Competencia, ahora CNMC) ha emitido un informe favorable sobre el Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales, publicado en primicia por Redacción Médica hace unos días. Sin embargo, el informe de Competencia trae consigo ‘malas’ noticias para los profesionales sanitarios, ya que insta al Ministerio de Economía y Competitividad a derogar la colegiación obligatoria para todos aquellos profesionales sanitarios que trabajen en la sanidad pública.

 

La CNMC no considera justificada esta obligación ya que, “atendiendo al principio de proporcionalidad, se considera que en todas las profesiones de colegiación obligatoria, cuando el profesional está integrado en la Administración Pública y para las prestaciones que realice que no tengan carácter privado, la Administración se encuentra mejor posicionada que un Colegio Profesional para minimizar la repercusión sobre el interés general de las posibles asimetrías de información que dificulten el eficiente funcionamiento del mercado”.

 

“Así, en el sector público los requisitos de ingreso para prestar los servicios profesionales, los mecanismos de control de la actividad de los profesionales y el régimen de responsabilidad frente a los usuarios de los servicios está, con carácter general, más alineado con la corrección del fallo de mercado detectado y la promoción de la competencia que los existentes en el seno de las organizaciones corporativas”, sentencia.

 

A su parecer, los requisitos existentes para el ingreso en el sector público son considerados por la CNMC “suficientes” para eximir de una hipotética obligación de colegiación. “Adicionalmente”, añaden, “los controles son y deberían ser suficientemente rigurosos por parte de la propia Administración Pública, sin necesidad de trasladar las funciones de vigilancia y sanción a una corporación pública distinta de la propia Administración de la que el profesional forma parte”. En consecuencia, la CNMC “recomienda al órgano proponente la supresión de la obligación de colegiación en todos los casos de profesionales que prestan sus servicios profesionales exclusivamente al servicio de las Administraciones Públicas, dejando a la voluntad del profesional, en su caso, la libre colegiación”.

 

Competencia tampoco quiere colegiados obligatorios en Oficina de Farmacia

En la misma línea, la CNMC cree que la colegiación obligatoria “no debería extenderse a la titularidad de las oficinas de farmacia, al no cumplir con los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación. Para que la supresión de esta reserva de actividad surta los efectos pro-competitivos deseables debería venir acompañada por una revisión en profundidad de la ordenación de la actividad de las oficinas de farmacia, recogida principalmente en la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de servicios de las oficinas de farmacia”, argumentan.

 

No a las cuotas máximas y ninguna mención a las incompatibilidades

Los límites máximos establecidos por el Anteproyecto para la cuota de inscripción colegial (40 euros) y la cuota fija (250 euros anuales) tampoco son del gusto de la CNMC, que propone no incluirlos ya que “conllevaría un riesgo de precios de referencia o precios focales que, convirtiéndose de hecho en un precio único, limiten la posible competencia, directa o referencial, entre Colegios para reducir eficientemente los costes a sus colegiados”.

 

El informe no hace referencia a las incompatibilidades de cargos colegiales con puestos en aseguradoras, sindicatos o partidos políticos, ni a la mayor tutela del Estado sobre las funciones colegiales. No obstante, sí que hace mención al tema de la colegiación en un territorio distinto al de ejercicio. En concreto pide a Economía, en contra de las opiniones de los colegios sanitarios, que recupere la idea de una habilitación única en el territorio nacional “eliminando las restricciones y fragmentaciones a la colegiación incluidas en el último texto”.

 

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