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Estatutarios y funcionarios no estamos en este ámbito, pero los argumentos son muy similares o incluso más contundentes … ¿alguien lo tendrá planteado?

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El juez obliga al Principado a dar las ayudas sociales que recortó a los empleados públicos

La Sala de lo Social del Tribunal Superior estima una demanda de CSIF, que afecta a 4.500 laborales

Oviedo, Juan A. ARDURA, en La Nueva España

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha condenado al Principado a conceder las ayudas sociales que el Gobierno regional eliminó a los empleados públicos de manera unilateral en agosto, al aplicar el «tijeretazo» al Presupuesto regional para reducir el gasto corriente.

El tribunal ha estimado una demanda del sindicato CSIF, que denunció que dicha decisión vulneraba el convenio colectivo de los 4.500 empleados laborales que hay en el Principado. Ahora este personal podrá optar a la convocatoria de ayudas al estudio, becas para libros y ayudas para quienes tengan a su cargo hijos discapacitados. La Administración, hasta este ejercicio, venía dedicando unos dos millones de euros al año a esas ayudas sociales, destinadas tanto a personal laboral como a funcionarios. El Gobierno recurrirá el fallo del TSJA en casación ante el Tribunal Supremo, según confirmó la consejera de Administraciones Públicas, Ana Rosa Migoya, a LA NUEVA ESPAÑA.

Los magistrados de la Sala de lo Social concluyen en su sentencia que el Principado debe convocar y conceder las ayudas sociales correspondientes a 2010 porque estaban incluidas en un artículo dentro del convenio colectivo de los laborales suscrito por la administración y los sindicatos. El fallo, por lo tanto, afecta únicamente al personal laboral y no a los funcionarios.

Los jueces sostienen que si el Ejecutivo regional no convoca y no concede en 2010 las ayudas a su personal laboral para formación, para el estudio de los hijos y para su rehabilitación (en casos de discapacidad) «el artículo 59 del convenio se incumple y su finalidad se frustra». El fallo judicial destaca que «la decisión» de retirar esas ayudas «no fue el resultado de un acuerdo con los sindicatos ni constituyó el final de un proceso negociador, sino que se adoptó unilateralmente».

La Sala de lo Social determina que el real decreto de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, dictado por el Gobierno central, «establecía medidas de contención y reducción de la masa salarial», pero no decía nada sobre las ayudas sociales. Y, además, la ley regional, que adaptó ese real decreto del Gobierno central, «en la nueva redacción sigue declarando que los gastos de acción social no son parte integrante de la masa salarial». En los fundamentos de derecho de la sentencia, los magistrados de lo social también argumentan que el Principado al elaborar el proyecto del Presupuesto regional, a finales de 2009, «no puso en duda la periodicidad anual de las ayudas sociales y reservó los fondos con los que atenderlas, a pesar de que la crisis económica ya afectaba seriamente a Asturias».

Los magistrados de lo social se detienen igualmente en el acuerdo del Consejo de Gobierno del pasado mes de agosto, que sí incluyó, «entre las medidas de contención del gasto, los fondos sociales» y concluyen que la alusión a las ayudas resulta más bien ambigua. «Mientras que varias de las medidas complementarias se enuncian en términos más concretos, que permiten conocer su alcance, el tratamiento de la acción social es vago, salvo al respecto del plan de pensiones y las medidas de jubilación anticipada». Además, añaden que el citado acuerdo «no expresa que se reducirán o suprimirán; por el contrario, utiliza la ambigua expresión "se adaptan"». Llegados a este punto, los jueces dictaminan: «adaptar una medida en función de determinadas circunstancias no es sinónimo de su supresión o eliminación, sino que presupone su conservación (...) El acuerdo no imponía de forma necesaria la supresión sino una adaptación de las medidas de acción social». Tras esta retahíla de fundamentos, la Sala de lo Social sentencia que «ni una ley impide o restringe la aplicación del convenio colectivo» ni un acuerdo del Consejo del Consejo de Gobierno «puede derogar o suspender la eficacia de la norma de la ayuda social», de ahí que «deba declararse la prevalencia del convenio colectivo y la ineficacia de la restricción del Principado».

El Gobierno regional dispone de diez días para formalizar un recurso de casación, que deberá resolver el Tribunal Supremo. La consejera de Administraciones Públicas, Ana Rosa Migoya, confirmó ayer que el Principado recurrirá esta sentencia, «sin ninguna duda», tras recordar que otras autonomías, como Murcia, «han aplicado recortes mucho más drásticos».

El sindicato que promueve el pleito pedirá la ejecución de la sentencia

La consejera Ana Rosa Migoya asegura que el Gobierno recurrirá la sentencia ante el Supremo

Oviedo, J. A. A., en La Nueva España
El sindicato CSIF fue el único que reclamó ante los tribunales de justicia la supresión de las ayudas decidida por el Gobierno regional en agosto pasado, cuando fue objeto de intensa discusión por IU, el socio minoritario del bipartito.

Juan Gavira, secretario de acción sindical de CSIF Asturias, precisó ayer que aunque el Principado recurra en casación ,«pediremos la ejecución de sentencia de forma inmediata porque la decisión del Supremo puede tardar varios años». Según CSIF, la alegría entre el personal laboral «fue grande, no sólo por las posibles cantidades a percibir, sino porque supone una nueva bofetada a la prepotencia» de los responsables de Administraciones Públicas.

«A pesar de que CSIF no está en la mesa general, por sólo dos delegados, hemos logrado que una grandísima parte de los empleados públicos recuperen el dinero que les quitaron injustamente, en una nueva demostración de la necesidad de que existan sindicatos verdaderamente independientes y no adormecidos por subvenciones y afinidades políticas», valoró Gavira.

Las ayudas sociales oscilan de los 150 euros para becas o libros a los 2.400 euros por hijo discapacitado.

El ajuste en Asturias (PSOE) de los empleados públicos

- Reducción de un 5% del incentivo a la jubilación anticipada de los funcionarios.

- Reducción de un 5% de los salarios.

- Reducción de contrataciones temporales y de cobertura de vacantes.

- Eliminación de subvenciones a sindicatos y a formación de los agentes sociales.

- Medidas de contención de los gastos de acción social.

El ajuste de Murcia (PP) de los empleados públicos

- Recupera las jornadas de 37,5 horas y 40 con cese de interinos.

- Suspende todos los acuerdos con los sindicatos.

- Quita todas las liberaciones sindicales que superen lo establecido por la ley.

- Elimina la garantía del 100% del salario en caso de incapacidad temporal, salvo enfermedad profesional o maternidad.

- No se cobrarán las horas extras, se descansarán.

- Suspende las aportaciones de la Administración al plan de pensiones.

- Restricción de las ayudas sociales.

- Los cursos de formación por la mañana no se computarán como jornada de trabajo.

- Aumento de la jornada del personal docente.

- Aumento de la jornada del personal sanitario.

- Suprime 175 euros al personal docente que se cobraban en concepto de productividad.

- Se suprime la oferta de empleo público.

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