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Información sobre nuevas especialidades de Enfermería

Información sobre nuevas especialidades de Enfermería

ARTICULO MUY INTERESANTE DEL BLOG DE A.P. AREA IV

CCOO aclara aspectos que están creando confusión sobre el acceso extraordinario a las nuevas especialidades de Enfermería

 

 

 

Ante el clima de confusión que están generando determinadas informaciones tras la publicación en el BOE del pasado 29 de julio de las bases para el acceso extraordinario a las nuevas especialidades de enfermería, la FSS-CCOO considera necesario que este personal se informe adecuadamente y que no se precipite a la hora de solicitar dicho acceso

 

 

 

La publicación en el BOE de 29 de Julio de 2009 de las bases  que regirán las pruebas del acceso extraordinario a las nuevas especialidades de enfermería ha traído consigo una serie de informaciones que podrían considerarse como inexactas y que favorecen la confusión del personal de enfermería que está en disposición de obtener el título por la vía extraordinaria contemplada en el momento de la creación de estas especialidades. La reciente publicación de la oferta de plazas para las especialidades de Matrona, Enfermería Psiquiátrica y Enfermería del Trabajo ha abundado más, si cabe, en esta situación de confusión.

 

 

 

La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) invita al personal de enfermería a informarse adecuadamente y no precipitarse a la hora de solicitar el acceso a las nuevas especialidades por la vía extraordinaria. Responsables de la secretaría de Formación y del área de Negociación Colectiva de la FSS-CCOO han analizado a lo largo del pasado mes el documento, estando en disposición de continuar la campaña de información veraz y fiable que se inició en el momento de la creación de estas especialidades.

 

 

 

FECHAS DE LA CONVOCATORIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

 

 

 

Uno de los aspectos más destacables de las bases publicadas en BOE es la existencia de tres fechas de convocatoria para la realización de la prueba objetiva correspondiente a cada  especialidad, de tal forma que cada enfermera podrá presentarse a un máximo de dos convocatorias. Esto permite una segunda oportunidad a las personas que no superen a la primera el ejercicio. Desde la FSS-CCOO se recuerda que la superación sigue siendo obligatoria en el acceso extraordinario.

 

 

 

Las fechas de estas pruebas se publicarán en el BOE una vez que hayan concluido los procedimientos de admisión de solicitudes. La FSS-CCOO cree necesario recordar que el plazo de presentación de solicitudes finaliza 6 meses después de la primera convocatoria de plazas de la especialidad mediante el régimen de residencia (Enfermero Interno Residente) y que, por lo tanto, no tiene ningún sentido realizar la solicitud en estos momentos para las especialidades que todavía no han sido convocadas.

 

 

 

CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PRUEBA

 

 

 

En cuanto al contenido de la prueba, estará basada en el programa formativo que aprueben las Comisiones Nacionales de la Especialidad, y versarán sobre las bases científicas y tecnológicas que se consideran necesarias para la práctica actualizada de la especialidad.

 

 

 

La prueba se estructurará en dos partes

 

 

 

La primera parte de la prueba consistirá en un cuestionario de 100 preguntas, más 10 de reserva, de tipo test de respuestas múltiples, de las que sólo una de ellas será válida. Dicha parte tendrá una duración de 2 horas. En la calificación de esta parte, se valorará con 1 punto cada respuesta correcta, se restarán 0,35 puntos por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas. El cuestionario de preguntas se valorará sobre una escala de 0 a 100 puntos

 

 

 

La segunda parte de la prueba, consistirá en el análisis de 5 casos clínicos referidos a la especialidad, que abarquen distintas situaciones clínicas que incluyan aspectos fundamentales del ejercicio profesional de la misma. Cada caso irá seguido de 5 preguntas, para cada una de las cuales se propondrán varias respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta. Dicha parte de la prueba tendrá una duración de 1 hora. En la calificación de esta parte se valorará con 4 puntos cada respuesta correcta, se restará 1 punto por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas. Dicha valoración, sobre una escala de 0 a 100 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada caso clínico, a cuyos efectos cada uno de ellos se valorará sobre una escala de 0 a 20 puntos.

 

 

 

La evaluación final de la prueba objetiva del aspirante, sobre una escala de 0 a 200 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada una de las dos partes que la componen.

 

 

 

La calificación final de cada aspirante será de «apto» o «no apto». Para ser considerado «apto», la puntuación mínima que el aspirante deberá tener es la de 40 puntos en cada una de las partes, siendo necesario que queden completados con al menos 100 puntos en la suma de ambas; en caso contrario, será considerado «no apto».

 

 

 

SITUACIÓN DE LAS ESPECIALIDADES DE ENFERMERÍA FAMILIAR Y COMUNITARIA, PEDIÁTRICA, GERIÁTRICA Y DE CUIDADOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS:

 

 

 

Como se ha visto anteriormente, ninguna de estas especialidades ha sido convocada todavía, por lo que no tiene sentido realizar la solicitud de acceso por la vía extraordinaria.

 

 

 

En estos momentos, las Comisiones Nacionales están elaborando el programa formativo. Una vez elaborado, se procederá a la acreditación de las unidades docentes y posteriormente se publicará la convocatoria de las plazas para la formación de especialista a través del sistema de residencia (Enfermero Interno Residente) de esa determinada especialidad. A partir de ese momento comenzarán los 6 meses de plazo para presentar las solicitudes del proceso extraordinario.

 

 

 

Certificación de la experiencia laboral

 

 

 

La Comisión Mixta, formada por los Ministerios de Educación y de Sanidad y Política Social, ha elaborado ya los criterios que deben cumplir los certificados de la experiencia laboral.

 

 

 

Será necesaria la certificación acreditativa de los servicios retribuidos prestados, expedida por el Director Gerente o máximo responsable legal del Centro o por el Director de Enfermería o máximo responsable de Enfermería o por el Director de Recursos Humanos / Gestión en la que consten los siguientes datos:

 

·          Categoría Profesional

 

·          Fecha de inicio y finalización del periodo ejercido

 

·          Puestos / Unidades donde ha desarrollado la actividad, dentro del campo específico de la especialidad solicitada

 

·          Descripción de las características de los pacientes /personas atendidas.

 

·          Actividades realizadas más relevantes realizadas como enfermera/o en el campo de la especialidad solicitada, durante el desempeño del puesto

 

·          Firma del responsable que ha emitido el certificado y sello de la Institución. 

 

 

 

No obstante, hasta que no se publiquen los programas formativos no es necesario presentar los justificantes de los méritos en experiencia laboral y formativa, porque éstos deben ir función de los mencionados programas.

 

 

 

Información relativa al proceso en la web del Ministerio de Educación:

 

 

 

http://www.educacion.es/educacion/universidades/convocatorias/especialidad-enfermeria/acceso-especialidades/acceso-excepcional.html

 

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