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Nuestra Compañera Mª Jose Suarez toma la iniciativa.

 

De la Página de nalonsalud.es

Iniciativas individuales frente a la desidia generalizada …

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La celeridad y el interés demostrado por la Institución no es por si sólo garantía de éxito en las gestiones que se están llevando a cabo pero, sin ningún género de duda, es una manera de intentar desbloquear una situación de la que todos los partícipes en el Plan de Ordenación de RR.HH. del SESPA tendrían que sentirse avergonzados.

A nuestro juicio la Jubilación a tiempo parcial, con el correspondiente contrato de relevo era la UNICA cuestión positiva del consabido Plan y ante ella, el SESPA como principal motor del mismo, no ha tenido, ni de lejos, la celeridad y/o el celo que si ha tenido para la movilidad forzosa o para la jubilación forzosa a los 65 años.

Desde aquí recomendamos a tod@s l@s afectad@s por la misma o similar situación que nuestra compañera Mª José, inicien este mismo trámite para, si cabe, incrementar el peso y la importancia en pro de una favorable y rápida solución de este sensible tema.     

Os mantendremos, como siempre, informados de cualquier novedad en esta cuestión … ¡¡y en otras!!  

La Procuradora General del Principado intervine en el tema de la Jubilación Parcial en el SESPA

La desidia del SESPA en esta cuestión contrasta netamente con la celeridad en otras…

El pasado día 29 de diciembre, nuestra compañera Mª José Suarez, Secretaria General de la SSE de CC.OO. en la A. Primaria del área IV, harta de la pasividad del SESPA y de “otros” en la aplicación efectiva de la Jubilación Parcial contemplada en el Plan de Ordenación de RR.HH., se dirigió a la Procuradora General del Principado de Asturias, a través de su página WEB, para plantearle la siguiente queja:

Oviedo a, 29 de diciembre de 2009

Tengo 62 años, trabajo como DUE en el SESPA desde hace 42 años, soy personal estatutario. En el 2008 solicito la jubilación parcial que me es denegada. En sentencia de apelación nº 180/09 fecha 15 de junio 2009 del Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirma la sentencia de fecha 3 de febrero de 2009 dictada por el  Juzgado Contencioso/Admtvo nº 4 que reconoce el derecho a que, una vez constatado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley de S. Social acceda a dicha jubilación.

El día 24 de junio de 2009 El Gerente del Area IV del SESPA me envía escrito adjuntando copia del escrito firmado por el Director de RR.HH del SESPA donde `nos avisa´ que de proceder al cumplimiento de sentencia el INSS no reconoce (basándose en un informe de octubre del 2008) el derecho a la pensión  y por lo tanto tendríamos una pérdida de ingresos.

Pido información en el INSS y me dicen que para tener derecho a la pensión es necesario presentar un contrato relevo para cubrir mi reducción de jornada.

En el BOPA nº 268 de 19/11/2009 se aprueba el Plan de Ordenación de RR.HH del SESPA que en su punto 3.3 Salida del Sistema .- Jubilación, dice: el SESPA procederá a formalizar Contrato Relevo en los términos previstos en la Ley y garantizando su vigencia hasta el momento de la jubilación real del trabajador a los 65 años.

A fecha de hoy continuo en activo, el SESPA insiste que el INSS no abona la pensión correspondiente y el INSS dice que con el contrato relevo no tengo problema. Y desde luego quiero pasar a disfrutar de la jubilación parcial pero no puedo permitirme el lujo de quedar sin la pensión correspondiente.

Considero que la Administración está anulando un derecho que considero me corresponde pero ante todas las dudas de la Administración tengo miedo a pedir ejecución de sentencia y quedar exclusivamente con la parte de mis retribuciones que me abonaría el SESPA (que como antes mencioné no me lo puedo permitir).

(Adjunto todas las copias de los documentos)

Pocos días después la Institución de la Procuradora General le remite contestación acusando recibo del referido escrito y, posteriormente, más en concreto el 13 del presente mes de enero, le remite un segundo escrito en el que tras haber efectuado el oportuno estudio se admite a trámite la queja y remite oficio a la Consejería de Sanidad y petición de colaboración al INSS para tratar de resolver favorablemente toda esta cuestión.

 

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