El TSJA exige al Principado que cumpla el fallo que anula 161 nombramientos «a dedo»
Oviedo, Marcos PALICIO
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha emitido una sentencia para exigir al Gobierno del Principado que cumpla la sentencia firme dictada en abril de 2009 en la que se declara nulo el nombramiento «a dedo» de 161 altos funcionarios. El requerimiento de la Sala de lo contencioso-administrativo reclama al Ejecutivo de Javier Fernández el acatamiento de la resolución, ratificada por el Supremo en julio de 2011, ante la actitud dilatoria manifestada sucesivamente por los gobiernos de Vicente Álvarez Areces y Francisco Álvarez-Cascos. Esa resolución declaraba nulo el empleo de la libre designación -sistema excepcional- en el nombramiento de 161 jefes de servicio y de área, en lugar del preferible del concurso de mérito.
El fallo cuestiona la generalización del recurso a la provisión de cargos de alto funcionario «a dedo» y asegura que este método debe ser excepcional, justificado puesto a puesto y sólo admisible en casos puntuales. Por este motivo, el requerimiento del TSJA, que tiene fecha del pasado 12 de junio y fue notificado ayer, exige al Principado que sustituya el modelo de designaciones o «motive de forma justificada la concurrencia en las funciones de especial responsabilidad y confianza que justifican su uso».
La sentencia asiente a los argumentos del Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies, que impugnó en su día los nombramientos y entiende ahora que la pelota queda en el alero del nuevo Gobierno del Principado, una vez que los dos anteriores eludieron el acatamiento de la sentencia. Según el colectivo de funcionarios, la providencia del TSJA es una buena oportunidad para que el PSOE acate uno de los compromisos de su acuerdo de legislatura con Unión, Progreso y Democracia, y que promete «la reducción al mínimo imprescindible del personal de libre designación».
«Toca ahora», afirma el Conceyu, «exigirles el cumplimiento de lo pactado, sin medidas dilatorias extravagantes» como las que emplearon sus antecesores. Se refieren, en primer lugar, a la ley «aprobada in extremis por la coalición PSOE-IU» al final de la última legislatura de Vicente Álvarez Areces para ampliar los supuestos en los que se admitía la libre designación. Según el colectivo, el texto tenía «el objeto de bloquear el cumplimiento de las sentencias judiciales que anulaban el uso generalizado y abusivo de dicho sistema», y esta última decisión del TSJA demuestra que la citada ley «debía ser interpretada de conformidad con el Estatuto Básico del Empleado Público y con la jurisprudencia del Tribunal Supremo».
A su juicio, además, el requerimiento del tribunal supone la constatación de que el Gobierno de Francisco Álvarez-Cascos «utilizó» la ley de Areces «como excusa para no cumplir sus promesas electorales», que también garantizaban «el concurso de méritos como procedimiento ordinario de provisión de puestos de trabajo, limitando la libre designación a supuestos excepcionales debidamente justificados».
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