El Supremo anula la norma con la que se cubrieron decenas de jefaturas médicas
Oviedo, Pablo ÁLVAREZ
El Tribunal Supremo acaba de anular la normativa en virtud de la cual han sido cubiertas las jefaturas médicas en la sanidad pública asturiana en los tres últimos años. El Supremo enmienda la plana al Tribunal Superior de Justicia de Asturias y sostiene que cubrir este tipo de plazas mediante el sistema de libre designación supone «una inaceptable inversión de la regla general, de manera que la excepción se convierte en norma».
¿Cuál será la repercusión práctica de esta resolución judicial? La respuesta más concreta la formuló ayer el Sindicato Médico de Asturias (SIMPA), organización que llevó a los tribunales varios epígrafes del plan de ordenación de recursos humanos del Servicio de Salud del Principado (Sespa), entre los que figura el ahora anulado, del que coloquialmente apostilla que se traduce en «nombramientos a dedo». A juicio del SIMPA, la sentencia del Supremo «compromete la validez de las designaciones de los jefes de servicio, jefes de sección y coordinadores médicos desde el 11 de noviembre de 2009», fecha de aprobación del citado plan. También el Colegio de Médicos impugnó en su día el capítulo de esta norma referido a la provisión de jefaturas.
La norma declarada nula fue impulsada y empleada por el último Gobierno de Vicente Álvarez Areces. Posteriormente, de ella hizo uso con profusión el Ejecutivo presidido por Francisco Álvarez-Cascos, incluso en la recta final de su mandato.
¿A cuántas designaciones podría afectar esta sentencia? Otra pregunta de difícil respuesta, máxime teniendo en cuenta que la Consejería de Sanidad optó ayer por no emitir pronunciamiento alguno hasta conocer la resolución con detalle. En su día, el Gobierno de Foro hizo público que entre octubre de 2011 y febrero de 2012 había adjudicado un total de trece jefaturas médicas, cifra que incluía jefaturas de servicio, de sección y de dirección de áreas y unidades de gestión clínica. Además, en aquel momento estaban ya convocadas y pendientes de resolución otras nueve jefaturas.
La sentencia del Supremo, fechada el pasado 13 de noviembre, viene a coincidir en sus postulados con otra dictada el pasado mes de julio por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Oviedo, en la cual el magistrado matizaba que el hecho de que en su día el Tribunal Superior de Justicia de Asturias diera luz verde al plan de recursos humanos del Sespa no daba derecho a las autoridades sanitarias a interpretar que disponían de un cheque en blanco para emplear la libre designación «de forma general o indiscriminada».
La nueva sentencia del Supremo declara conformes a derecho los otros tres epígrafes del plan de recursos humanos recurridos por el SIMPA, entre ellos el que establece la jubilación forzosa de los médicos a la edad de 65 años.
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