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Alarma ante el intento de cobrar 5 euros al paciente por el traslado en ambulancia

Interior de una de las ambulancias que funcionan en Asturias, en el centro de coordinación de Transinsa, en Oviedo.
 
 
 
 
 
 Enfermos crónicos, oncológicos y de hemodiálisis, los más perjudicados - «Es un inadmisible despropósito», afirman las empresas de transporte

Oviedo, Eduardo GARCÍA

El sector de las ambulancias en Asturias considera un «despropósito» la pretensión del Ministerio de Sanidad de cobrar cinco euros por cada transporte no urgente en ambulancia y teme que esta medida de copago lleve a muchos pacientes a abandonar sus tratamientos.

El próximo Consejo Interterritorial de Sanidad del día 20 aprobará previsiblemente las condiciones de este copago. La obligación incluye a los enfermos oncológicos, crónicos o con necesidad de hemodiálisis hospitalaria, pero excluye entre otros a los parados sin subsidio, los discapacitados beneficiarios de la ley de la Discapacidad o los perceptores de pensiones no contributivas. Los jubilados, la gran mayoría de los usuarios de este servicio asistencial, pagarán también. El traslado posterior al domicilio del paciente se considera viaje a todos los efectos y supondrá otros cinco euros al bolsillo de la Administración.

El grupo de Empresas de Ambulancias de Asturias, integrado en Asetra, lamentó ayer la medida. Su presidente, Carlos Paniceres Estrada, calificó la propuesta de «inadmisible» y crea «grandes incertidumbres» sobre cómo se va a pagar y quién va a gestionar el cobro.

En Asturias funcionan unas 200 ambulancias que dan trabajo directo a unas 450 personas. En total se realizan unos mil servicios diarios en la región, entre los urgentes (la minoría) y los programados. En muchos casos se trata de transporte colectivo de pacientes, sobre todo desde zonas ajenas al área central asturiana. En un día punta se pueden superar en el Principado los 1.700 servicios.

La posibilidad del copago de ambulancia no es nueva y está recogida en el polémico real decreto de racionalización del gasto sanitario, aprobado en abril. Hay un tope de aportación mensual que queda establecido en 20 euros al mes para todos aquellos cuyos ingresos se muevan en la horquilla de los 18.000 y los 100.000 euros. O sea, casi toda la población activa. Para muchos jubilados, que para su desgracia no llegan a los 18.000 euros, el tope mensual será de diez euros. Y por encima de los 100.000 euros el pago máximo mensual será de 60 euros.

Los servicios de ambulancia derivados de una urgencia, enfermedad, accidente, etcétera, quedan exentos de cualquier pago por parte del paciente. Se entiende por traslado no urgente «el desplazamiento de enfermos o accidentados que no se encuentren en situación de urgencia o emergencia y que por causas exclusivamente clínicas están incapacitados para desplazarse en los medios ordinarios de transporte a un centro sanitario para recibir asistencia sanitaria o a su domicilio tras recibir esa atención», según el texto del borrador que a primeros de este mes presentó el Ministerio de Sanidad a las comunidades autónomas para su estudio. Los pacientes que estén ingresados en un hospital y que reciban el alta deberán pagar ese viaje en ambulancia hacia su domicilio.

En Asturias funciona una empresa, resultante de la fusión de otras siete, que tiene el contrato del servicio de ambulancias con el Sespa. Transinsa tiene contrato con la Administración sanitaria desde 2005 y por ocho años. El próximo habrá nuevo concurso. Se trabaja con canon fijo, que se actualiza cada año a partir del aumento del IPC. El sector sospecha que con el nuevo sistema habrá pacientes que busquen alternativas, bajará el número de servicios y la Administración aprovechará para fijar a la baja el coste de los nuevos contratos.

Sanidad calcula en 50 euros el coste de cada trayecto de ambulancia y a partir de ahí marca en el 10% la aportación del paciente, es decir, los ya mencionados cinco euros. El Ministerio pone «tarifa especial» a las personas que requieran los servicios de ambulancia para hacer frente a tratamientos que se prolonguen más de seis meses y obligan a cuatro traslados a la semana (hay que recordar que un viaje de ida y vuelta supone dos traslados a efectos de cobro). Se fijan en estos casos las cantidades tope (10, 20 o 60 euros, según ingresos), pero no con carácter mensual sino semestral.

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