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LEGISLACION

Carrera Profesional de los empleados públicos no estatutarios del SESPA

Los laborales del SESPA están en este ámbito…

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Ley del Principado de Asturias 5/2009, de 29 de diciembre, de séptima modificación de la Ley del Principado de Asturias 3/1985, de 26 de diciembre, de ordenación de la Función Pública, para la regulación de la carrera horizontal.

VER TEXTO INTEGRO DE LA LEY PUBLICADA EN EL BOPA

(sic)

“….Los ascensos de categoría personal serán consecutivos, siendo precisa la permanencia, continuada o interrumpida, del funcionario de carrera en situación de servicio activo o en cualquier otra que conlleve reserva de plaza o de un concreto puesto de trabajo, en el correspondiente cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional el tiempo que a continuación se señala:

Cinco años en la Categoría de Entrada para acceder a la Primera Categoría.

Seis años en la Primera Categoría para acceder a la Segunda.

Ocho años en la Segunda Categoría para acceder a la Tercera.

Diez años en la Tercera Categoría para acceder a la Cuarta.”

Total: 29 años para el grado o nivel cuarto… o como ahora se le denominará: “Cuarta categoría”

Publicadas en el BOPA -31-12-2009

Los presupuestos de 2010 y su respectiva Ley de acompañamiento…

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Ley del Principado de Asturias 3/2009, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2010. (VER)

Ley del Principado de Asturias 4/2009, de 29 de diciembre, de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2010. (VER)

Como se dice en estos casos, porque no se puede decir otra cosa, se acata pero no se comparte …

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El Tribunal Supremo falló en contra del derecho del personal estatutario a la jubilación parcial

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado, con fecha 22 de julio de 2009, una sentencia que unifica la doctrina sobre el derecho del personal estatutario a la jubilación parcial. El texto considera que el acceso a este derecho es inviable mientras no se desarrolle el artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social, respecto al personal estatutario.

 

Los magistrados, 10 de los 14, ya que hubo un voto particular de 4 magistrados que defendieron la tesis favorable a la no discriminación entre trabajadores del mismo régimen de seguridad social, recuerdan que el personal estatutario se rige por lo establecido por el artículo 26.4 del Estatuto Marco, que prevé la posibilidad de optar a la jubilación voluntaria, total o parcial, quién reúna los requisitos establecidos en la legislación de la Seguridad Social. Pero el mismo artículo añade que "los órganos competentes de las comunidades autónomas podrán establecer los mecanismos para el personal estatutario que se acoja a esta jubilación como consecuencia de un plan de ordenación de recursos humanos". La Sala aclara que este precepto "además de permitir abrir la vía a esa posibilidad de jubilación voluntaria, total o parcial, cuando traiga su causa en algún proyecto elaborado al respecto por la correspondiente comunidad autónoma, contiene una clara y expresa remisión a la normativa de Seguridad Social que no permite la jubilación parcial anticipada al personal estatutario mientras esa posibilidad no sea desarrollada reglamentariamente"…

 

Esta última cuestión, que nos lleva de nuevo a la legislación de la Seguridad Social, fue expresamente emplazada por el Senado el 12 de noviembre de 2007 – VER DIARIO DE SESIONES DE DICHA CAMARA -, y de ello sólo sabemos que nada se cumplió …

 

Ahora, en el Acuerdo entre Gobierno y Sindicatos (2010-2012) se contempla en su apartado 29 – VER TEXTO DEL ACUERDO - que en el plazo de doce meses se tramitarán las adaptaciones normativas necesarias para permitir el acceso a la jubilación parcial del personal al servicio de las Administraciones Públicas … Con lo que el gobierno, si ahora por fin cumple, habrá dilatado su compromiso de 2007 de un año a tres …

 

Puesto que no podemos facilitaros la Sentencia lo que si os facilitamos es un enlace con el Estudio elaborado por el Gabinete de Estudios Jurídicos de CC.OO. que la FES-CC.OO. publica en su WEB. VER

Publicado el Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto, regula el programa temporal de protección por desempleo

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Con fecha 16 de Agosto ha sido publicado en el BOE el Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto, por el que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción. Dicho Decreto-Ley incluye el abono de una prestación, que no cotiza a la Seguridad Social (pero da derecho a Asistencia Sanitaria y demás prestaciones sociales) equivalente al 80% del IPREM, tendrá una duración de seis meses y va dirigida a personas desempleadas menores de 65 años. 

LAS UNIDADES DE GESTION CLINICA EN EL BOPA DE HOY

LAS UNIDADES DE GESTION CLINICA EN EL BOPA DE HOY

 

ver bopa

 

 

Listados provisionales de Carrera Profesional en período ordinario

Podéis consultarlo en este enlace: SESPA

LISTADO DE INCLUIDOS Y EXCLUIDOS ,CARRERA PROFESIONAL

LISTADO DE INCLUIDOS Y EXCLUIDOS ,CARRERA PROFESIONAL

 

 

                                                   COMUNICADO

 

 

EL DIA 1 DE JUNIO DE 2009 SE HIZO PUBLICO EL LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS  Y EXCLUIDOS EN EL PROCESO DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO   DEL GRADO CORRESPONDIENTE, PERIODO ORDINARIO, DE LA CARRERA PROFESIONAL PARA  EL PERSONAL LICENCIADO /A  Y DIPLOMADO/A  SANITARIO DE LOS CENTROS  E  INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SESPA.

EL LISTADO ESTA COLGADO EN LOS TABLONES DE ANUNCIOS  DE TODAS LAS GERENCIAS Y TAMBIEN LO TENEMOS A VUESTRA DISPOSICIÓN EN LA SECCIÓN SINDICAL, LOS EXCLUIDOS DISPONEIS DE DIEZ DIAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL SIGUIENTE DIA DE LA PUBLICACIÓN  DE LA RESOLUCIÓN PARA HACER ALEGACIONES.

 

 

 

 

 

        AVILES A 3 DE JUNIO  2009

 

CARRERA PROFESIONAL, PERIODO ORDINARIO

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Está abierto el periodo ordinario de solicitud del grado I correspondiente a la Carrera Profesional y el inmediato grado superior si ya se tenía reconocido alguno en el periodo extraordinario.

El BOPA de hoy hace pública la Resolución de 15 de abril de 2009, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca el procedimiento de solicitud de reconocimiento del grado correspondiente, período ordinario, de la carrera profesional para el personal Licenciado/a y Diplomado/a Sanitario de los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

En dicha Resolución, que ya tenéis de manera permanente en la web del www.Nalon.es  la WEB dedicada a “Carreras y Desarrollo” (IR A LA SECCION), se establecen las bases y requisitos, abriéndose un periodo de solicitudes de 1 mes contado a partir del día siguiente a la publcación de la Resolución.

 Las personas interesadas, deberán indefectiblemente registrar sus solicitudes mediante el acceso a la página Web: http://carrera.sespa.princast.es donde se cumplimentará una única solicitud, siguiendo las instrucciones que se establecen en el anexo III y las que la propia aplicación proporciona.

Para poder realizar dicha inscripción el profesional deberá acreditarse a través de un código de usuario y/o clave de acceso que le será facilitada la primera vez que acceda a la aplicación.

En el momento en que dicha aplicación esté activa, desde la sección correspondiente de esta WEB os facilitaremos un enlace directo con ella.

LEER BOPA