Blogia
El Blog que te da toda la información para que tu decidas ...

OPINION

Artículo de opinión sebre la Ley de Dependencia. La Nueva España

Artículo de opinión sebre la Ley de Dependencia. La Nueva España

 

La ley de Dependencia no goza ni del desarrollo que reclamábamos ni del que pedía la sociedad

 

Por GABRIEL GALLARDO

 

Un nuevo informe hecho público por el Eurostat ha vuelto a poner de manifiesto el rápido envejecimiento que experimenta la población europea. Según este organismo, el 32% de la población española será mayor de 65 años en 2060, casi el doble que ahora, y se espera que el número de personas de más de 80 años supere el triple en esa misma fecha.

 

Quiero recordar con esto que la crisis no ha reducido el envejecimiento de la población y que, por tanto, la actividad socioasistencial resulta necesaria. Los países nórdicos son los que más y mejor están trabajando por el sector de las personas dependientes y de ellos tenemos que aprender. El desarrollo de la ley de Dependencia tiene que convertirse en uno de los motores para salir de la crisis. Su puesta en marcha es un desafío para el Gobierno nacional y las comunidades autónomas.

 

No olvidemos que el 35% de las personas reconocidas como beneficiarias está a la espera de recibir algún tipo de prestación en Asturias, según los datos, a 1 de septiembre, del Imserso.

 

Somos muchos los que consideramos que constituye una fuente de creación de empleo, hasta el punto de que, cuando se aprobó dicha ley, las primeras valoraciones que hicimos elevábamos a 300.000 los puestos de trabajo que se podrían impulsar con este marco regulatorio. El problema radica en que la ley de Dependencia no goza ni del desarrollo que reclamábamos ni del que pedía la sociedad en general. Si queremos que el SAAD se convierta en el cuarto pilar del Estado del bienestar tiene que haber un dispositivo asistencial con el aval de un equipo profesionalizado.

 

Y a las pruebas me remito, uno de los pocos sectores productivos que genera empleo es el sociosanitario. Pero el objetivo no debe ser que sólo se creen puestos de trabajo, sino que, además, éstos sean cualificados. Más que nada porque, según la ley, dentro de dos años, al menos un 30% de los trabajadores de este sector deberá acreditar su formación, una cifra que alcanzará el 100% en el año 2015.

 

Imaginemos por un momento que se cumpliera escrupulosamente la ley de Dependencia y la inmensa mayoría del dinero (51,4%) invertido en prestaciones económicas para el cuidador no profesional se destinase a la contratación de servicios (vía conciertos o prestaciones vinculadas). La repercusión sobre las cifras de paro podría ser muy considerable.

 

Es cierto que las personas piden la ayuda económica y, también, que para muchas familias los 525 euros suponen una gran ayuda «para ir tirando», pero lo cierto es que el «dinero de la dependencia» no tiene esa función, sino la de ofrecer servicios de calidad a las personas dependientes.

 

Recordemos que la ley establece que, a la hora de redactar el plan individual, debe considerarse de forma prioritaria la prestación de servicios públicos o concertados. Ahora, los responsables de la Consejería de Bienestar Social, en múltiples entrevistas, jornadas y demás encuentros, dicen que el motivo por el que se están dando tantas ayudas económicas a familiares es que las personas las piden porque prefieren quedarse en casa (hace un año esa elección de los familiares era duramente criticada por neoliberal cuando los actuales responsables estaban en la oposición).

 

Lo que no es discutible es que la opción de ayuda al familiar es la más económica y quizá la que añade más complejidad a la garantía de calidad. También queda claro, a tenor del proceder que evidencian los datos, que la ley de Dependencia, aunque la gestione en Asturias Izquierda Unida, se empieza a ver como una forma más de redistribuir rentas.

 

El Gobierno del Principado tiene tres asuntos muy importantes encima de la mesa. El primero, ser fiel a la ley de Dependencia y reducir la incidencia del cuidador informal o familiar para los casos que requieren otro tipo de asistencia profesional, ya no sólo residenciales, sino también complementarios como centros de día, ayuda a domicilio o teleasistencia. Un asunto en el que empresarios y sindicatos defienden la misma postura.

 

En segundo lugar, impulsar y colaborar en la búsqueda de una solución a la financiación de la ley. Resulta vital que se aporten nuevos recursos con el fin de evitar retrasos en la prestación de servicios, en un sector que es generador de empleo intensivo, que provoca retorno social y económico, que ayuda a reactivar otros sectores como la alimentación, la tecnología y la construcción y que, además, reduciría la factura sanitaria.

 

Y, por último, debe agilizar la implantación de la ley para reducir las listas de espera y desarrollar otros aspectos de la norma como la prevención de la dependencia, la coordinación sociosanitaria y poner en marcha la ley de Calidad de los Servicios Sociales que figura en el pacto de gobierno. Es preciso terminar de crear una red pública integradora -imitando el modelo del norte de Europa- que garantice la libertad de elección de plaza, la cobertura geográfica y la atención profesional de calidad para todos.

 

 

FUNCIONARIOS PUBLICOS

IÑAKI CHAVES: OPINION …

20090907135749-funcionarioamable.jpg

Una lanza en defensa de la Función Pública y del personal a su servicio

Es patético que cada vez que se habla de las y los empleados públicos en España se haga para despreciar su labor e, incluso a veces, sus propias personas. No sé de ningún país de la Unión Europea que cuestione y critique tanto a la gente que trabaja para el Estado, para la ciudadanía.

NUEVATRIBUNA.ES

Aprovechemos ahora que no hay globos sonda sobrevolando el constreñido espacio económico español.

Empezaré por disculpar hablar de temas que igual habría que aplazar para discutir otros más importantes, y no me refiero a la “supuesta” crisis que nos llevan vendiendo casi un año y de la que se libran, como siempre, las grandes empresas, además con una incomprensible ayuda estatal, y las grandes fortunas. Los temas importantes, con mayúscula, serían la pobreza, el hambre, la paz, más bien su ausencia, los derechos sociales,…

Y de lo que yo quiero hablar es de ese colectivo, tan denostado, las más de las veces injustamente, que conforma el personal al servicio de las Administraciones Públicas españolas. Los mal llamados, genérica y despectivamente, “funcionarios”.

Vamos a ver, señoras y señores, cualquier Estado social y democrático de derecho necesita una Administración Pública que mantenga el buen funcionamiento de las instituciones, independientemente del color del Gobierno de turno.

Es patético que cada vez que se habla de las y los empleados públicos en España se haga para despreciar su labor e, incluso a veces, sus propias personas. No sé de ningún país de la Unión Europea que cuestione y critique tanto a la gente que trabaja para el Estado, para la ciudadanía.

Aclaremos ciertas cuestiones que parece que la gente olvida, desconoce o quiere desconocer.

El número de empleadas y empleados públicos en España está por debajo de la media de los países de nuestro entorno (con los que nos gusta compararnos cuando interesa).

El trabajo en las Administraciones Públicas (AAPP) españolas (Estado, comunidades autónomas y entidades locales) está abierto a cualquiera. Tan sólo hace falta preparar unas oposiciones y superar las pruebas selectivas. Así que si tan bien se vive, tan poco se “curra” y tanto dinero se gana (¿?), ahí está para quien quiera probar.

Tenemos la costumbre, no voy a decir si fea o no, de criticarlo todo y de derribar todo aquello que consideremos que es bueno (primero lo subimos en un pedestal para luego bajarlo a pedradas, lo que parece la única, íntima y final intención de esa subida). Quiero decir con esto que si consideramos que el personal al servicio de las AAPP está privilegiado, algo que planteo que no es tan así como lo pintan (los voceros, tertulianos y correveidiles), pidamos igualar al resto de trabajadoras y trabajadores con aquéllos y no atacarles para que lo pierdan. O sea, que en lugar de estar luchando para que todo el mundo esté mejor, jodemos a los que supuestamente están bien.

El personal funcionario no es tan sólo el que trabaja, para muchos va a la oficina, de ocho a tres, cosa que por sí no está mal y que, por lo visto, a todo el mundo le gustaría. Un derecho de las y los trabajadores es tener un horario y un salario digno. Y aquél puede ser de 8 a 15 o de 16 a 23 o de 23 a 7, y la paga, pues ustedes mismos. Piensen que hasta hace apenas dos años, cuando se aprobó el acuerdo para que todos los empleados públicos fueran mileuristas, había gran parte del personal que no llegaba a eso, y aún los hay.

Todo el mundo quiere un buen profesorado que eduque a nuestras hijas, un buen servicio médico que cuide nuestra salud, unos buenos cuerpos de seguridad del Estado que nos protejan, una buena administración de Justicia que haga efectiva la legalidad vigente. Exigimos al Estado que mantenga en buen número esas plantillas para evitar falta de plazas escolares, listas de espera, delincuencia o atascos judiciales. Bien, pues todo ese personal es empleado público.

Retribuciones

El salario en la Administración General del Estado está regulado por los Presupuestos Generales del Estado, que aprueban en el Parlamento aquellas personas que, democráticamente, hemos elegido para que nos gobiernen. Así que los sueldos suben, o no, lo que allí se decida. Hasta mayo de este año, según datos del Consejo de Relaciones Laborales, los convenios firmados hasta esa fecha en España reflejaban una subida media de los salarios del 2,68%, (¡enhorabuena!, y para esas personas también la inflación es negativa). Pero para los “funcionarios” se alzan voces y gritos que reclaman no se les suba ni un céntimo.

Hasta la aprobación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP, perdón compañeras por el masculino), las y los funcionarios no contaban con una normativa reguladora de sus funciones, deberes y derechos (recordemos que el Estatuto de los Trabajadores, que lo perdonen las trabajadoras, data de 1980).

Hasta el año 2002, las pagas del personal al servicio de las AAPP estaban compuestas de tan sólo el salario base más los trienios, sin computar el complemento específico ni el de destino. Por lo que entre las dos pagas (junio y diciembre) sumaba una mensualidad. Y no es hasta la aprobación del EBEP, que entró en vigor en mayo de 2007, cuando se reconoce el derecho de funcionarias y funcionarios a que las pagas extraordinarias incluyan las retribuciones básicas y la totalidad de las complementarias (artículo 22.4).

Según un estudio presentado recientemente por Gestha (sindicato corporativo de técnicos del Ministerio de Hacienda), “en España existen 16,7 millones de asalariados que perciben un sueldo bruto anual inferior a 13.400 euros, mientras que la retribución media nacional se sitúa en 18.087 euros brutos al año”. Entre los que, por supuesto, están contabilizadas las personas que trabajan para las diferentes AAPP. El estudio también dice que en este país “cerca de 1,6 millones de empresarios y profesionales obtienen unos ingresos mensuales inferiores a 1.100 euros brutos, lo que representa cerca de las tres cuartas partes del total de los trabajadores por cuenta propia”.

La diferencia está, y todo el mundo lo sabe, desde la Administración al común de la ciudadanía, en que esos empresarios y profesionales no declaran todo lo que ganan (y la Inspección de la AEAT no dispone de medios, ni humanos ni materiales, para controlar ese fraude). Por lo que, además, las y los empleados públicos, en muchas ocasiones, no tienen derecho a ciertas ayudas públicas porque sus “miserables” sueldos superan el límite de las “x” veces el salario mínimo interprofesional. Mientras algunos de esos empresarios si pueden pedirlo porque su rendimiento neto (sea calculado en estimación directa o por módulos) no llegan a ese límite.

Temporalidad

Si aumenta el número de empleados públicos, aproximadamente un 20% desde 2004, se crítica porque, sobre todo en épocas de crisis, el de los empleados privados tan sólo ha aumentado un 8%. Pues deberíamos alegrarnos porque, conjuntamente con las empresas, también las Administraciones crean empleo, que además es “fijo” como les gusta resaltar a quienes lo critican. Algo que, cuando interesa, se les reclama para ayudar a superar la crisis (que es, si no, el planE que pretende impulsar a las corporaciones locales, entre otros entes, a salir del bache).

El empleo temporal en la AGE está por encima del 8%, límite que no se debería superar según lo pactado en los Acuerdos Administración-Sindicatos de noviembre de 2002. Según las últimas informaciones, la temporalidad en el sector público está por encima incluso de la que registra el sector privado. Por lo que se desmonta un poquito esa “seguridad” de la que goza el empleado público.

Despilfarros

Las entidades públicas, desde el Estado a los municipios pasando por diferentes empresas públicas, hacen grandes dispendios en eventos varios (desfiles, grandes premios de deportes del motor, regatas, golf, etc), pero el interés político (por el color del ente que lo gasta), o comercial (vende imagen aunque reporte pérdidas), les permite justificar lo injustificable.

Según datos comunicados por las propias empresas del IBEX 35 a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el salario medio de sus 562 altos ejecutivos es de 915.000,- € anuales. No es un error, casi un millón de euros a los responsables de esta supuesta crisis que luego presentan expedientes de regulación de empleo y piden, a través de sus “colegas” de la CEOE, limitar los salarios, flexibilizar la contratación y reducir el número de funcionarios porque supone una gran carga para el Estado. Y es éste el que tiene que acudir en ayuda de aquéllas cuando la crisis las hacen temblar (será a las bases porque por arriba ni siquiera necesitan la “manga larga”).

Con 915.000,- euros se podría pagar el sueldo anual de más de 68,28 trabajadores de esos que tienen, según los datos señalados más arriba, un salario bruto anual inferior a 13.400,- euros. Así que, sin comentarios.

Impuestos

El personal al servicio de las Administraciones Públicas paga “religiosamente” la correspondiente cuota del IRPF, declara todos los ingresos en nómina y cotiza el porcentaje legal de Seguridad Social. No cobran en “B”, (o sea, no hacen chapuzas en las que luego digan al ciudadano/a “si no quiere factura no le cobro el IVA”; ahora seguro que alguna persona que esté leyendo esto dice aquello de “pero muchos funcionarios trabajan en otras cosas y no lo declaran”. Que puede ser cierto pero requeriría de un estudio para ver si no es el escaso sueldo lo que les motiva a hacerlo y, si lo hacen, pues que la Inspección mejore sus herramientas para que se vean obligados a declararlo).

Todo el mundo sabe, o conoce a alguien que, siendo trabajador por cuenta ajena, no declara todo lo que gana (y encima se jacta de ello porque “engaña” a Hacienda, cuando en realidad está engañando a toda la ciudadanía); paga un 20% de IRPF, independientemente de sus ingresos, y que, por lo general, se lo devuelven en la declaración de la renta.

Ah, y recordemos que en tiempos de “crisis” como los que vivimos la gran banca mundial, los 15 más grandes, ya han recuperado el valor en Bolsa que tenían antes de la debacle de Lehmann Bros. Y en España los bancos han ganado 8.551 millones de euros hasta junio 2009. Eso sí, es un 12,1% menos de lo que ganaron en el primer semestre de 2008. ¿Dónde está la crisis?

Iñaki Chaves es sociólogo, redactor de prensa, funcionario de la AGE desde 1984 y afiliado a CCOO

PERSONAL LABORAL DEL SESPA

LOS “NI SI, NI NO, NI TODO LO CONTRARIO, DEL PERSONAL LABORAL DEL SESPA”

20090902115213-26.08.2009-xuacumin.jpg

A menudo los sindicatos de sanidad de la comunidad autónoma del Principado de Asturias, ya sean de clase o corporativos, cuando firman o alcanzan un acuerdo con la administración, ya sea en la Mesa Sectorial de Sanidad o en la de la Comunidad Autónoma; siempre hacen en algún apartado referencia al personal laboral del SESPA…, aunque también es frecuente que esas referencias no valgan para nada ya que no suele cumplirse nada de lo pactado para ese colectivo, aunque figuren compromisos y fechas concretas. Bien es cierto que,  tanto la administración como los sindicatos ponen poco interés, por no decir ninguno, en tratar de corregir esos incumplimientos. Al menos yo, tengo la sensación de que tratan de decirnos algo así como “…no os podéis quejar, nos acordamos de vosotros….”

Con el acuerdo de 2002  el derecho a la negociación colectiva del personal laboral del sespa quedó vacío de contenido, principalmente por el empeño de UGT, defendiendo que los Comités de Empresa se adhirieran a dicho acuerdo. Se dio la paradoja que  sindicatos que no habían firmando ese acuerdo, caso del SAE,  apoyaron con entusiasmo en los comités de empresa la adhesión al mismo. La CSIF, que no estaba representada en la Mesa Sectorial, también apoyó la adhesión del convenio al acuerdo.  No recuerdo que CCOO como no firmante, hubiera realizado reuniones conjuntas de los tres Comités de Empresa (Hospital General de Asturias, Centros de Salud Mental y Hospital Monte Naranco), aunque solo fuera para unificar el discurso. Al final se cayó en la trampa: la homologación retributiva que ya figuraba en los convenios, se volvió a firmar con el pretexto de cobrar lo estipulado en el acuerdo, sin tener en cuenta que el proceso de homologación con el INSALUD, se había iniciado años antes. (Ver articulo 4º, letra f del CC del H.MN, firmado en octubre del año 2000:

  • f) Cuantas otras actividades tendentes a la mayor eficacia práctica del Convenio y, en especial, las que se relacionen con el proceso de homologación retributiva al INSALUD.

Por lo tanto, la adhesión al acuerdo no supuso ninguna garantía de homologación, valga como ejemplo el Acuerdo sobre carrera y desarrollo profesional, en el que el personal laboral del SESPA, está percibiendo el nivel I a cuenta y se desconoce cuando se abrirá el periodo de solicitudes para el nivel II, y mucho menos si habrá periodo extraordinario, es más que probable que no lo haya, ni aún optando por la estatutarización, aunque muchos trabajadores/as tengan más de 30 años de antiguedad.

 

El acuerdo de 2002, ya se hace mención a un convenio único para el personal laboral del SESPA.

 

*Acuerdo de julio 2002, firmado por la Administración y los sindicatos CEMSATSE y UGT.  Establece:

* Homologación retributiva del conjunto de categorías equivalentes que forman parte

Del Servicio de Salud del Principado de Asturias,  teniendo como referente el

Régimen estatutario.

 

9.-Ámbito de Aplicación.

…las parles firmantes se comprometen a trasladar el presente

Acuerdo a los diferentes ámbitos de negociación colectiva laboral existentes en las Instituciones Sanitarias del Servicio d e Salud del Principado de Asturias para avanzar en la consecución de un convenio único para todos ellos

 

*2005-2007, Acuerdo administración-sindicatos para la modernización y mejora de la administración pública del Principado de Asturias.  Firmando por la administración y los sindicatos UGT, CEMSATSE y SAE,… en la página 3 al final, se decíaEn el ámbito sanitario se negociará durante este ejercicio 2005, un convenio colectivo único par el personal laboral adscrito a los centros sanitarios del Servicio de Salud con el objetivo de permitir la homogenización de las condiciones de trabajo de los distintos colectivos laborales afectados.

 

*Acuerdo de 8 de octubre de 2008, sobre mejoras organizativas y retributivas en el ámbito del SESPA, firmado entre la administración y los sindicatos UGT y CCOO.

En la página 27, letra K del mismo establece: personal laboral… en el transcurso de la segunda quincena de octubre de 2008 se convocará la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo que afecta al personal laboral adscrito a instituciones sanitarias del Principado de Asturias, estableciendo un calendario de reuniones con el compromiso por ambas partes de alcanzar un acuerdo en el menor tiempo posible.

 

*Plan de Ordenación de Recurso Humanos del SESPA: Acordado en Mesa General de la Comunidad Autónoma a últimos de julio de este año, entre la Administración del Principado de Asturias y los sindicatos UGT y CCOO - al menos UGT dice que hay acuerdo -, en cuanto a CCOO, no se sabe, ni si, ni no, sino todo lo contrario.

En dicho acuerdo se hace referencia al Acuerdo de 8 de octubre de 2008, resaltando la importancia del mismo y de su desarrollo.

En el Plan de Ordenación de RRHH, la referencia al convenio único la hace al referirse al acuerdo de 8 de octubre y además añade:

Objetivos: Pág. 11.-La homogenización de las condiciones laborales de todos los profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias con independencia del régimen jurídico de partida al que se hallen adscritos.

Con este panorama se hace difícil pensar que a corto plazo se inicien las negociaciones de un Convenio Único para el personal laboral del SESPA, sobre todo si tenemos en cuenta que hasta la fecha ni siquiera está constituida la comisión negociadora.

Me consta los esfuerzos que está realizando la FSSA, para conseguir un buen convenio para el personal laboral del SESPA, sirva como ejemplo y esta en los archivos del sindicato  para que los incrédulos lo puedan comprobar la cantidad de veces que este tema se trato tanto en las reuniones de la Comisión Ejecutiva, como del Comité Federal, sólo espero que la firma en caso de producirse no sea como en el Plan de Ordenación de RRHH, que da titulo a este articulo “NI SI, NI NO, NI TODO LO CONTRARIO”

Joaquín Alvarez Alvarez, es miembro de la Comisión Ejecutiva de la FSSA.

Financiación Sanitaria

Ni copago, ni recentralización, ni modelo madrileño … hay otras muchas medidas y bastante más margen del que algunos pretenden hacernos creer.

20090815003257-chiste-sanidad.jpg

Debate sobre las dificultades del Principado para financiar la sanidad

RTPA,

Pues las advertencias del Principado sobre las dificultades para financiar la sanidad han dado lugar a un amplio debate.

En La Granda, el economista Juan Velarde acaba de pedir la devolución de las competencias al Gobierno central, mientras que las asociaciones de defensores del sistema público reclaman más protagonismo en la gestión para los médicos y los pacientes

Los sueldos del personal son el capítulo más previsible de los costes de la sanidad. El gasto farmacéutico y la inversión en tecnología médica tienen una evolución menos controlable y el gran reto es financiar su ritmo creciente.

Por eso ya pueden oírse argumentos a favor de un pacto de Estado para volver a un sistema nacional que permita centralizar las compras y obtener mejores precios. En las últimas horas se han sumado al debate otras voces.

La asociación El Defensor del Paciente ha pedido al Principado que no haga demagogia y recorte otros gastos para asegurar recursos a la sanidad. Los médicos, por su parte, proponen un cambio en la gestión para que los criterios políticos no se impongan a la opinión de los profesionales. También desconfían del copago por su falta de eficacia.

El gasto farmacéutico ha crecido un 30% desde que el Principado asumió las competencias sanitarias.

El diputado nacional de IU Gaspar Llamazares ha asegurado hoy que "la sostenibilidad de la sanidad pública española está garantizada" y ha apostado por promover el uso de fármacos genéricos para "racionalizar" el gasto público sanitario.

Llamazares ha señalado en una rueda de prensa que la sanidad pública de España tiene que tener una financiación garantizada que pasa por mejorar la gestión de la misma disminuyendo el gasto en fármacos

El parlamentario ha manifestado que el gasto sanitario en España es inferior a la media comunitaria en dos puntos del PIB, un "escaso gasto sanitario que sin embargo no revierte negativamente en la eficacia del modelo español".

Para IU, la calidad del sistema español es muy superior a la media de la UE, motivo por el que considera que el español "no es caro, sino barato y de calidad".

Ha manifestado que el problema de la sanidad española no viene derivado del salario de los trabajadores, sino de aquellos que gestionan el sistema que "parece que van a ser fuertes con los débiles y débiles con los fuertes".

Llamazares ha dicho que no pueden restringirse los derechos de los ciudadanos, algo que para IU es "inaceptable", y tampoco puede obligarse a los usuarios a pagar parte de sus medicamentos, propuesta que su grupo ha rechazado en su totalidad.

El gasto farmacéutico es para el parlamentario el principal "lastre" del sistema sanitario porque en España se gasta el doble en medicamentos que en cualquier país de la U.E.

 

El Simpa genera infundios y falsos temores con relación a los Traslados.

El Simpa genera infundios y falsos temores con relación a los Traslados.

Frente a la confusión entre los deseos y la realidad: cura de reposo.

 

Que el Simpa publique lo que veis en la foto que ilustra este artículo en su página web como noticia de hoy, es para invitar al administrador o redactor de la misma a ir al Centro de Salud Mental cuanto antes. Y que no me lo tome a mal, porque entre compañeros de la sanidad es lo menos que puedo recomendarle por su bien.

 

La rotunda afirmación de que no habrá traslados, sustentada en la poco sólida afirmación de la presunta nulidad en la que devendrían éstos de convocarlos el SESPA sin utilizar las claves CIAS de Atención Primaria, cosa que, por otra parte, estaría maquiavélicamente orquestado desde el propio SESPA para propiciar, precisamente, el resultado de que un Tribunal los anulara y así aparentar  cierta inocencia es … ¿como decirlo sin herir sensibilidades? …, ¿de una mente perturbada?...: ¡¡puede servir!!.

 

Últimamente  - sólo hay que echarle un vistazo a ese artículo de la web del Simpa y a otros anteriores-, existe cierta “tendencia entre lo histérico y lo conspiratorio en la línea editorial” de alguno de los dirigentes de esa organización sindical, que en nada les conviene porque les hace aparecer como espectadores impotentes de un drama teatral del siglo XIX, en lugar de como protagonistas, por lo menos en lo que les toca, de la realidad del siglo XXI. Pero, a lo que se ve, no debe haber mucho control sobre la página por parte de los órganos de dirección y esto, conste, lo imagino y lo digo porque siempre les he tenido bastante respeto.

 

Las posibilidades de que el inminente Concurso de Traslados sea objeto de recursos no es ni más ni menos que los que tuvo el anterior, incluido como se recordará, en la famosa OPE extraordinaria. Hubo miles de recursos por múltiples y variadas cuestiones y, como no, muchos de ellos pidieron la paralización de dicha OPE, pero la OPE continuó. Muchos de ellos ganaron – todavía hoy hay con frecuencia en el BOE fallos favorables otorgando plazas -, pero ninguno consiguió la paralización. Y es que la paralización cautelar de los traslados, una vez que salga la Resolución convocándolos, exige demostrarle al Tribunal correspondiente que el perjuicio de continuar la tramitación es mayor y de imposible reparación, frente a la continuación del proceso. Y eso, es muy pero que muy complicado.

 

Es lógico que desde la firma del Acuerdo del 8 de octubre – por otros motivos - haya quién nos desee a los sindicatos firmantes y al SESPA todos los males del mundo pero, como reza el título que ilustra esto, “no se deben confundir los deseos con la realidad” y, menos aún, si esos deseos incluyen el perjuicio, sin discriminación alguna, de todos los trabajadores que están deseando salgan los esperados traslados… ¡¡incluso los propios afiliados del Simpa!!

 

¿Va el Simpa a intentar que se paralicen los traslados?. Pues que lo digan sin tapujos y que asuma las consecuencias de lo que dicen y hacen …

 

Personalmente creo que es una “pataleta más”. Y creo, incluso, que esta vez la pataleta es sólo del que está necesitado de una cura de reposo.   

 

Arturo M.G.

DEL “MEDICO INTERACTIVO” … EVALUACION DEL ESTATUTO MARCO. DEBATE.

DEL “MEDICO INTERACTIVO” … EVALUACION DEL ESTATUTO MARCO. DEBATE.

Estatuto marco: luces y sombras

 

El 16 de diciembre de 2003, tras una larga espera, se cumplía al fin el mandato constitucional de que todos los profesionales sanitarios públicos tuvieran una ley básica que rigiera su trabajo. El Estatuto Marco, Ley 55/2003 de 16 de diciembre, llegaba para solucionar muchas lagunas legales que afectaban al trabajo de los profesionales sanitarios. Debía permitir que la labor profesional en el SNS no perdiera su carácter homogéneo, y ayudar a que se cumpliera el principio de igualdad en todo el territorio nacional. El Estatuto Marco sienta las bases en cuestiones básicas. La carrera profesional, la movilidad, la jubilación, la provisión, la selección de plazas… quedaron reguladas en sus catorce capítulos y sus 80 artículos. A punto de cumplir sus primeros cinco años de vida, sin embargo, son muchas las incógnitas que se ciernen sobre él. En el fondo late la pregunta final: ¿Ha cumplido su misión? Las respuestas entre los expertos son diversas, aunque, en general, la sensación que queda al valorar la norma es agridulce.

 

El Estatuto Marco sienta las bases comunes que deben regir en materias tan importantes para los profesionales sanitarios en general, y para los médicos en particular, como la carrera profesional, la provisión y selección de plazas o la movilidad por el territorio nacional; a lo largo de 80 artículos, catorce disposiciones adicionales, siete transitorias, una derogatoria y tres finales. Claro que a la hora de valorar si ha cumplido con eficacia la misión que se le encomendó, y sobre todo su ‘lucha’ por ser compatible con el más moderno Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), las opiniones varían y, una vez más, suelen enfrentar a las distintas administraciones con los representantes de los profesionales.

 

Para Antonio Fernández Paniagua, director de la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud (Sergas), fue una norma que sustituyó a diferentes estatutos, que tenían además diferente rango jurídico, lo que acrecentaba la confusión a la hora de regular las condiciones laborales de los profesionales sanitarios. “Hablamos de los años 60-70, momentos todos preconstitucionales, y algunas de las cosas que se recogían en los estatutos antiguos eran de difícil encaje en la Constitución”. Tal y como comenta, había dispersión normativa, y tres diferentes tratamientos de las mismas situaciones. En su opinión, el EM tiene la ventaja de que unifica, “regula de forma conjunta”.

 

Precisamente, ese largo periodo de tiempo transcurrido entre la aprobación de la Constitución y la del Estatuto Marco llama la atención. Aunque para Fernández Paniagua, “ese lapso de tiempo permitió que la norma encajase perfectamente en el ordenamiento jurídico”. Según señala, “el EM es un mandato de la Ley General de Sanidad de 1986, pero no se aprueba hasta 2003, en el último año de mayoría absoluta del Partido Popular, cuando se han completado ya todas las transferencias sanitarias y ha desaparecido el Insalud”. Como recuerda, el momento tiene muy poco que ver con la situación que había cuando se ordena. En 1986 el Insalud tenía prácticamente todas las competencias sanitarias; en 2003, el Ministerio estaba haciendo normas para los demás, no para sí mismo, según señala.

 

Tras el nacimiento del EM, cada Comunidad Autónoma fue realizando su desarrollo. “En Galicia, por ejemplo, no hemos desarrollado el apartado relativo a la edad de jubilación; entendemos que lo establecido en este sentido nos aporta poco”. Pero el EM, en su opinión, tiene elementos muy positivos: “gracias a él tenemos la posibilidad de la carrera profesional, algo que todavía no tienen los funcionarios”. Además, y según Paniagua, “dio también capacidad negociadora con entidad propia a la Mesa Sectorial de Sanidad; y se convirtió en una normativa homogénea para la ordenación de la jornada”, subraya.

 

Por cuestiones como las reseñadas, el director de Recursos Humanos del Sergas realiza una lectura “positiva en conjunto”, aunque reconozca que tiene aspectos no tan brillantes. “Todo es susceptible de ser desarrollado y mejorado, pero la posibilidad de alcanzar los acuerdos a los que se ha llegado en cada comunidad, y el valor y la relevancia de esos acuerdos, su fuerza jurídica, se debe al refuerzo que les ha dado el EM”.

 

Por su parte, Fuencisla Olmos, hasta hace escasa fechas directora de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), tiene también una valoración positiva, cuya aparición fue, en su opinión, “un hito importante, algo en lo que habíamos trabajado todas las comunidades junto al Ministerio”. Como afirma, desde 2003, el trabajo en el área de Recursos Humanos ha discurrido por un nivel de homogeneidad importante.

 

Para Olmos, la aplicación y desarrollo del Estatuto ha dependido de lo que cada comunidad autónoma ha realizado o sigue realizando. Así, considera que en una Ley Básica hay aspectos aplicables directamente y otros a desarrollar. En este sentido, recuerda que, por poner un primer ejemplo, todo lo relativo a descansos y tiempo de trabajo se aplicó de forma homogénea en todo el SNS, “o la carrera profesional, prevista en el EM y en la LOPS, que ha supuesto un impulso a una nueva medida de recursos humanos en todas las autonomías”, añade; por el contrario, “en los planes de ordenación cada comunidad llevó su propio ritmo”.

 

Pero por encima de todo, lo que le parece importante es que “todos los Servicios de Salud hemos dispuesto de una norma de referencia, y fue importante en los primeros años tras las transferencias. Para mí ha sido una norma relevante para el desarrollo de los Servicios de Salud y de las políticas de personal”. Aunque afirma que “queda mucho por hacer”, lo “importante lo ya hecho”.

 

La posición en contra de CESM

 

 Una opinión claramente contraria al EM, que “despertó muchas esperanzas que no se han cumplido”, se puede encontrar en la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM). El máximo responsable de su Gabinete Jurídico, José Ramón Oncins, afirma que “el EM tenía un plus de positividad grande, por el hecho de que se regulaba de una forma específica, y se daba cumplimiento a la Ley General de Sanidad de una previsión que gobierno tras gobierno se había ido dejando pasar; eso fue lo más positivo. Pero después se ha ido viendo que era una norma con imperfecciones, y éstas irán, o están, saliendo sucesivamente a medida que los tribunales se pronuncien”, comenta.

 

El responsable de JURISCESM explica, a la hora de hablar de imperfecciones, que éstas se centran “en el traslado a la legislación interna de los funcionarios de la directiva europea sobre descanso, por ejemplo; también había deficiencias en cuanto a la discriminación del trabajador temporal, pues se impedía el cobro de trienios a interinos, aunque algunos jueces ya se han pronunciado en el sentido de que este artículo del EM es anticonstitucional”.

 

Pero, en su opinión, lo que creó en su momento más conflicto fue el cambio de jurisdicción que ha sufrido el personal estatutario, “que aunque desde el punto de vista jurídico es impecable que esté en el ámbito de lo contencioso-administrativo, desde el punto de vista de las personas afectadas ha generado inquietud y sinsabor, pues, habituadas a la jurisdicción social, ahora tienen más dificultades para defender sus derechos con la misma frescura”, afirma.

 

En este sentido, Oncins aclara que el perjuicio para el facultativo no sólo se refiere a la menor celeridad de los procesos, sino también a lo que denomina como “la posición del juzgador: el juez de lo social es una persona sensibilizada por los problemas de los trabajadores, y como máxima tiene ‘in dubio pro trabajador’, la balanza en caso de duda se inclina del lado de éste; la jurisdicción contencioso-administrativa nace con la vocación de controlar a la Administración, pero no hay que olvidar que es también Administración, y además evidentemente está desbordada por la gran cantidad de problemas que ha recibido (inmigración, permisos…) y no ve con agrado la llegada de problemas relativos al personal”.

 

El Estatuto Marco es el resultado de un mandato de la Ley General de Sanidad de 1986, pero no se aprueba hasta 2003

 

 

Según señala, la jurisdicción contencioso-administrativa es en su forma de actuar, ”más fría que la de lo social”, y eso ha hecho, en su opinión, que, uniendo el temor a la posible condena y pago de costas, y que el periodo de solución se alargue, “muchos estatutarios ‘renuncien’ a la defensa de derechos que en otro ámbito, en otro momento, hubieran llevado a cabo”.

 

Un aspecto al que se refiere José Ramón Oncins, aunque de entrada aclara que “es un tema particular de algunas autonomías”, es el del tratamiento que se da a la jubilación de los profesionales. “Es llamativo porque se aparta de la regla general que señala que un funcionario, si lo desea, puede seguir trabajando hasta los 70 años”. Para el personal estatutario, en cambio, la situación es al revés: jubilación a los 65 años y, si alguien quiere continuar, la Administración le va a dar permiso.

 

La puerta de salida a estos conflictos, en opinión de este jurista, es que el EM deja el desarrollo de muchas materias en manos de las comunidades autónomas, “y van a ser éstas las que van a aclarar la situación. A nivel estatal, el mosaico normativo puede ser muy variopinto”, apunta.

 

Incumplimientos

 

María José Alende, secretaria general de Sanidad de Comisiones Obreras, destaca del EM “tres aspectos: que fue una norma que vino a superar estatutos preconstitucionales reguladores de la política de recursos humanos en España; que el propio EM establece un ámbito donde las administraciones públicas y las organizaciones sindicales deben tejer las complicidades que requiere una política de recursos humanos, a través del Foro Marco del Diálogo Social; y tercero, que el EM recoge por primera vez lo que debe ser el modelo de incentivación de los profesionales, a través del desarrollo de la carrera profesional”.

 

Para Alende, “aunque la norma era muy buena”, los problemas han llegado con su desarrollo, pues en su opinión “su cumplimiento requería voluntad política, y lo que hemos apreciado es una nula voluntad política por parte de los titulares del Ministerio de Sanidad y Consumo para abordar cuestiones que tienen que ver con la política de recursos humanos y que son de interés para el conjunto del sistema”.

 

Entre esas cuestiones no desarrolladas, la representante de Comisiones se refiere a que “el EM planteaba que un año después de su aprobación, el Ministerio de Sanidad debía presentar al Foro Marco un estudio sobre necesidades presentes y futuras de profesionales en nuestra Sanidad, porque ya en aquel momento detectábamos que podía haber problemas para la aplicación de la directiva europea sobre tiempo de trabajo y descansos, al no haber suficientes profesionales; el Ministerio de Sanidad ha sido incapaz de presentar ese estudio”, lamenta.

 

Otra cuestión que no se ha cumplido es que, independientemente de las carreras profesionales que se vayan acordando en los distintos servicios de salud, tiene que haber un marco referencial que homogenice u homologue los distintos niveles que van adquiriendo los profesionales en cada servicio, “para que esa carrera profesional no se convierta en un impedimento para la movilidad de los profesionales dentro del sistema”, añade.

 

Y otra cuestión que planteaba el EM es que cuando más de dos servicios de salud establecieran una oferta de empleo público, se plantearía en el Foro Marco para habilitar fórmulas que impidieran que alguna comunidad autónoma introdujera en los baremos cuestiones que dificultaran a profesionales de una comunidad acceder a una plaza en otra, como puede ser el conocimiento del idioma. “Eso tampoco se ha cumplido”; y completan su lista de principales incumplimientos, otros que afectan a la calificación profesional y a la formación.

 

Alende culpa más al Ministerio de Sanidad que a las comunidades autónomas del mal, o escaso, desarrollo del estatuto Marco, porque, en su opinión, “el Ministerio es el que tiene que velar por la cohesión social, y debe tener la habilidad política suficiente para tejer complicidades con las administraciones autonómicas y con las organizaciones sindicales para ver qué cuestiones de política de recursos humanos se deben tratar en el Foro Marco. Muchas comunidades han reclamado al Ministerio una política más activa, y éste ha mirado para otro lado”, señala.

 

En resumen, para la representante de Comisiones, “el EM fijaba unas normas de juego bastante claras, espacios de negociación en el ámbito autonómico y general, sin quitar competencias a las comunidades pero estableciendo un espacio donde se armonizaran las comisiones de trabajo”. Pero la falta de desarrollo de la norma está provocando, en su opinión, ”relaciones encontradas entre los distintos servicios de salud”, y más en un escenario de falta de profesionales. Así, una comunidad autónoma con mayor capacidad de recaudación, y por tanto de pago, atrae a los profesionales de otras, lo que puede poner en una situación de riesgo a distintos servicios de salud. “Sólo hay que ver la cantidad de profesionales extranjeros que se están incorporando, con acreditaciones no equiparables a las que se exigen aquí”.

 

UGT se opuso desde un principio a la norma

 

Tampoco es muy positiva, aunque por razones distintas, la visión que del EM tiene el otro sindicato de clase, UGT. Pilar Navarro, secretaria general de Sanidad, recuerda que “fue el único que no apoyó el EM, ampliamente criticado en las formas y en el fondo y, de hecho, en estos cinco años se ha demostrado que ha sido una norma que no ha beneficiado para nada ni a los trabajadores ni al SNS. Junto a la Ley de Cohesión, ésta en menor medida, y a la LOPS, son tres leyes que chocan frontalmente en algunos de sus artículos, con contradicciones profundas entre ellas”.

 

Para la representante de UGT, “algo fundamental para nosotros es que antes de realizar las transferencias sanitarias deberíamos haber puesto los elementos de cohesión del SNS, no actuar al revés como se hizo: eso ha producido problemas importantes y desajustes”. Para Navarro, del EM no se ha hecho el desarrollo reglamentario prácticamente en ninguna de las comunidades autónomas, ni se han establecido los planes de recursos humanos, que hubieran sido absolutamente necesarios para hacer una planificación, y “además seguimos defendiendo que hay materias básicas que son competencia del Estado que se deberían haber negociado: solamente se han negociado en el ámbito estatal los aspectos laborales del personal en formación, algo insuficiente”, dice.

 

La alternativa que Comisiones presentó “en unas negociaciones que fueron muy ‘sui generis’”, recuerda su secretaria general de Sanidad, es “hacer un Estatuto Básico del Empleado Público como ‘paraguas’ para después establecer los estatutos sectoriales para complementar cuestiones específicas”. Pero se hizo al revés “y fue un tiempo perdido”. No se hizo un estatuto que contemplara la realidad y el futuro de lo que debía ser el SNS, sino una ‘foto fija’ de lo que veníamos estableciendo con anterioridad a las transferencias, ha explicado Navarro.

 

La ‘colisión’ con el Estatuto Básico del Empleado Público

 

Aunque la cuestión ‘estrella’ cuando se analiza el papel que ha jugado y que de debe jugar en los próximos años el EM es su posible colisión con el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Aquí hay dos claras líneas de interpretación: quienes afirman que el EM queda derogado con la posterior aparición del EBEP, y quienes señalan que ambos pueden convivir en perfecta armonía. Para Fuencisla Olmos, “lo que ha ocurrido es que el Estatuto Básico ha venido a complicar la política de cohesión”. En su opinión, ya era complejo establecer unas líneas de cohesión con una norma básica que debe desarrollar cada comunidad, y “si ahora aparece otra que también se debe aplicar, a veces, como está ocurriendo con elementos retributivos o de permisos, se complica cómo desarrollar nuestra política de RRHH”. Más que de confrontación, lo califica de complicación. Aunque en algunos aspectos concretos “sí se ha dado una cierta confrontación, como en el pago de trienios al personal temporal”. En cualquier caso, para Olmos el EBEP no deroga “expresamente” el Estatuto Marco. En su opinión, “son dos normas básicas y cada una tiene su ámbito, y sólo puede hablarse de derogación en algunas materias concretas en las que las dos entren en confrontación”.

 

José Ramón Oncins es crítico con la situación creada con la aparición del EBEP. Para el representante de CESM, “sorprende” que habiéndose realizado un esfuerzo para elaborar el Estatuto Marco al poco tiempo vea la luz otra norma, “donde de una forma implícita se está derogando una parte importante del propio EM… como así lo están interpretando los jueces en sucesivas sentencias”. Para Oncins, en este momento existe cierta confusión, que poco a poco los jueces van cerrando, respecto a qué norma se aplica. En su opinión, la primera a aplicar es el EBEP, y sólo en aquello que no esté regulado por éste o no sea vigente, “habrá que ir al EM”.

 

Por su parte, María Álvarez, integrante del Gabinete Jurídico del Colegio de Médicos de Cantabria, señala que “el EBEP desarrolla algunas sentencias y normativa de la Comunidad Europea que habían ido condenando a la Administración española por incumplimientos de diferentes normas respecto al personal. Eso, sin necesidad de que estuviera esta nueva norma básica, se hubiera ganado en los juzgados, pero ha servido para evitar que se judicializasen todos los problemas”. Como explica, el Estatuto del Empleado Público realiza una regulación igualitaria para todos los funcionarios en todo el Estado, estableciendo qué se debe desarrollar en cada comunidad autónoma.

 

En su opinión, “hay que resolver el conflicto entre normas en cada caso concreto”. No es que derogue el EM, afirma, pero sí que hay criterios que “dicen que como el EBEP es igualitario, hay aspectos de éste que son diferentes a los que establecía el EM y, en este caso, si los mejora, hay que aplicar esta segunda norma, siempre para favorecer al trabajador”, sostiene.

 

Algunos expertos afirman que el Estatuto Marco deja muchas materias en manos de las autonomías, lo que ha dado lugar a problemas de desigualdades

 

Para María José Alende, “la diferencia entre el SNS y otros espacios de las administraciones públicas es que para trabajar en el SNS se exige tener titulaciones habilitantes, y eso requiere un tratamiento específico; pero el Ministerio de Sanidad cree que es de aplicación una parte del EBEP que desdibuja el perfil profesional que tenemos en el sistema sanitario público”, según señala.

 

En cualquier caso, en el gabinete jurídico de Comisiones Obreras tienen “meridianamente claro” que el EBEP no deroga el EM, y su razón es que “cuando hablamos de normas, su especificidad prevalece sobre el momento en que han sido publicadas. EL EM y el EBEP tienen el mismo rango, son leyes generales aprobadas por el Parlamento”, afirma su secretaria general.

 

Pilar Navarro, de UGT, defiende que “con la negociación sobre el EBEP, vamos a tener que modificar la mayoría de los artículos del EM”. En su opinión, tan solo hay dos que no habrá que tocar: el referente a la carrera profesional y el de movilidad interadministrativa del personal. Para ella, en cualquier caso, “el EM, no queda derogado, y hay que adaptarlo al EBEP, al ser éste posterior. Algo fundamental para nosotros es que antes de realizar las transferencias sanitarias deberíamos haber puesto los elementos de cohesión del SNS, no actuar al revés como se hizo. Ahora nos damos cuenta de que el EBEP, adaptado a los tiempos y a una Administración Pública moderna, con modificación de algunos derechos, provoca que haya que modificar un EM que se ha quedado en fuera de juego”.

 

Antonio Fernández Paniagua advierte que en este punto “el Sergas comparte la teoría de la mayoría de las asociaciones jurídicas: el propio EBEP mantiene la vigencia del EM en las cuestiones específicas del ámbito sanitario, no es un ‘vaciado’ de éste, que recoge cuestiones que también son de aplicación al personal estatutario”. Así, el Sergas entiende que pueden convivir perfectamente, “no vemos colisión sino complementariedad”, afirma.

 

Para el representante gallego, en cualquier caso, el EBEP “podría ser más claro, pero entendemos que deja ese hueco para que el EM se mantenga, salvo en algunas cuestiones en las que haya un choque frontal”. Según afirma, “cuando se ha defendido que el EBEP deroga el EM no sé si se está valorando que el tratamiento que hace el EM de las situaciones administrativas es mucho más favorable que el que hace el EBEP”, cuestiona.

Porque lo que advierte Fernández Paniagua es que “una táctica rechazada por los tribunales, tanto en este caso como en otros en los que confluyen varias normas del mismo rango, es la del ‘espigueo’: no se puede coger lo que más favorezca de cada norma. Sino que se debe aplicar un bloque normativo conjunto, y nosotros mantenemos un sencillo esquema: en aquello que el EBEP señale que hay que aplicar a todos los profesionales y choque con el EM, hay que aplicar el EBEP; pero en lo que es específico del mundo sanitario se debe aplicar el EM, porque el propio EBEP le otorga esa facultad”, concluye.

COMISION DE DIRECCION DIA 16 - 2º INTENTO

COMISION DE DIRECCION DIA 16 - 2º INTENTO

Pedimos disculpas a nuestros afiliados especialmente, pero llevamos sin poder acceder al ordenador de la sección unos cuantos días, a pesar de todo, algún compañero solidario ha colgado en nuestra página del Hospital noticias sobre los listados de actualización de méritos del pasado viernes día 18 de abril. Gracias por vuestra comprensión

Me habría encantado poder explicar antes los temas que hemos tratado en la Comisión de Dirección del pasado día 16. No lo hice primero porque tenía que "posar y enfriar" cosas y actitudes que he tenido que vivir en esa reunión, por parte del "amigo de los trabajadores del San Agustín" o sea el señor gerente , que lejos de aprovechar estos contactos con la parte social , divaga, publicita sus intenciones e intenta que todos veamos las cosas del color de su filtro y cuando no es asi, pierde los nervios, interrumpe , utiliza o intenta utilizar su poder y su experiencia a la contra, nunca a favor. Hay varias maneras de trabajar, desde el respeto y hacia adelante o desde la desconsideración y hacia atras.

Los temas que el presidente de la junta de personal fueron aquellos que previamente había consensuado con todos, como no podía ser dde otra manera, y como estas reuniones son de tarde en tarde, los problemas se acumulan y se enquistan algunas veces.

Ademas, de las varias maneras de llevar una gerencia, el Sr. Flórez utiliza el mas puro y duro Gerencialismo, "aqui no se mueve nadie sin mi permiso".

Los datos que la directora médica nos fué explicando, podremos encontrarlos en los cuadros de mandos, número de actividades, listas de espera, patologías , estancias medias , etc... Excepto una propuesta de creación de una Unidad de Corta Estancia Médica, Para ello literalmente, el gerente primero pidió generosidad y cuando los sindicatos preguntamos por todas las dudas que nos creaba , pidió disculpas por habernosla pedido.... parece sarcástico.

Los temas conjuntos fueron entre otros

  • el aumento de plantilla de todas las categorias en Urgencias.
  • Las nuevas directrices para poder coger los AV o VA o sea, los canosos por "viellos" a los 15 años 1, a los 20 2 etc... asi hasta 4, que como conclusión fué que las personas que lo soliciten antes del 30 de abril, pero como quieran, que se valorará cada caso, que si se piden juntos, podrían organizar mejor los contratos etc..
  • Mobiliario nuevo para la 4ª sur
  • Número de plazas insuficientes en el aparcamiento subterráneo
  • Aumento de personal de seguridad
  • Se solicita el listado de los incentivos del SESPA, esos de la paga única de hasta el 1% de la masa salarial
  • Cierre de UU.HH.
  • Respecto a las peonadas, parece ser que efectivamente tienes instrucciones de que si no se cumplen un % considerable en turno de mañanas o de aprovechamiento quirúrgico, valorarán el tema de las peonadas.

Evidentemente hubo mas temas, que si quereis podemos comentar en la sección sindical, porque fué larga y ardua la reunión. Quiero resaltar que este sindicato trató en todo momento con educación al Gerente encontrándome con una actitud cerril y maleducada por su parte, que hizo que esta nota , tardara mas de lo debido en colgarse, porque como he dicho al principio, tenía que enfriar la información y la actitud de este señor. Pienso seguir mientras mis compañeros del sindicato asi lo entiendan, manteniendo mis discrepancias cuando las haya , preguntando lo que sea, a quien sea y en el foro que considere oportuno.

El "altercado"se produjo por mis declaraciones  sobre la buena fe de esta gerencia respecto a las jefaturas (médicas y no médicas) que, pasándose por el arco del triunfo la legalidad, está dando esta gerencia a quien a ella le parece oportuno,

tendreis toda la información, en cuanto me sea posible.

Un saludo a todos