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CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

Real Decreto que regula el reconocimiento de la experiencia laboral y la formación continua para la obtención de Certificados de Profesionalidad y títulos de Formación Profesional

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 En el BOE núm. 205, de 25 de agosto de 2009, se hace público el Real Decreto 1224/2009 de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y formación no reglada, que entra en vigor al día siguiente de su publicación

Este Real Decreto va a permitir que las trabajadoras y trabajadores que lo deseen, puedan acceder a un Certificado de Profesionalidad y/o a un título de Formación Profesional mediante la convalidación de la experiencia laboral y formación continua por las diferentes Unidades de Competencias  que componen las mencionadas titulaciones.

La gestión de todo este proceso será competencia de las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, que se encargarán de crear los órganos, servicios y colectivos encargados de realizar este procedimiento.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

Información y orientación. Será abierto, permanente  y su finalidad informar y orientar sobre dicho procedimiento a todas las personas que lo soliciten.

Asesoramiento. Será obligatorio, tendrá carácter individualizado o colectivo y se podrá realizar de manera presencial o telemática.

Evaluación de la competencia profesional. Es en la que se debe comprobar la competencia profesional que requiere cada una de las Unidades de Competencia y se llevará a cabo por una Comisión de evaluación.

Acreditación y registro de la competencia profesional. A las personas que superen el proceso de evaluación se les expedirá una acreditación de cada una de las Unidades de Competencia que hayan superado. Esta acreditación tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.

INSCRIPCIÓN

La participación en las fases de asesoramiento, evaluación de la competencia profesional y acreditación y registro de la competencia profesional se hará mediante la inscripción en las diferentes convocatorias que realizarán las Comunidades Autónomas. Para ello, el candidato o candidata deberá abonar unas tasas y, además, cumplir los requisitos que contempla este Real Decreto.

Se establece el periodo máximo de 1 año para que las Comunidades Autónomas implante este procedimiento.

Según la nota del Consejo de Ministros emitida el 17 de julio, la aprobación del real decreto viene acompañada de un presupuesto de 3,5 millones de euros para el año 2009, que se destinará a los siguientes fines:

Convocatoria de 2009 con la que se pretende evaluar y acreditar las competencias de unas 8.000 personas con 2,8 millones de euros.

Elaboración de materiales específicos para cada una de las 26 familias profesionales (260.000 euros).

Formación de cerca de 3.000 orientadores, evaluadores y asesores (460.000 euros).

Asimismo, señalan que las dos primeras convocatorias estarán relacionadas con los perfiles profesionales de Educación Infantil y la Ley de Dependencia

Esta noticia está colgada en la página de la FSSE, http://www.sanidad.ccoo.es/

 

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