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Devolucion de tasas por derecho de examen

Devolucion de tasas por derecho de examen

 

En referencia a la devolución de las tasas por derecho de examen en procesos selectivos anulados por los tribunales: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyes de Tasas y de Precios Públicos, procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo, no tenga lugar la prestación por parte de la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, procederá la devolución de la tasa si se efectúa la renuncia a la participación en el proceso selectivo con anterioridad a la publicación de la Resolución prevista en la base siguiente de la presente convocatoria. La solicitud de devolución de tasas deberá dirigirse al Instituto Asturiano “Adolfo Posada”, conforme al modelo especificado en la siguiente navegación: www.asturias.es/iaap : enlace “Selección de Personal”:enlace “Devolución de ingresos tributarios indebidos”:enlace “Devolución de ingresos tributarios indebidos”: enlace “Descarga de solicitudes/Solicitud”.

 

 No procederá la devolución de tasas para aquellas personas que, habiéndose inscrito en las pruebas selectivas, resulten excluidas por incumplir lo previsto en las bases de la presente convocatoria.

 

 

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