PROTESTA POR DENEGACIÓN DE TRANSMISION DEL CONOCIMIENTO
Avilés, 25 de marzo de 2011
A/A DIRECCION DE GESTION
ATENCIÓN ESPECIALIZADA – AREA SANITARIA III DEL SESPA
Señor/a Director:
Los trabajadores de ese Área Sanitaria que han solicitado su encuadramiento en el NIVEL IV del Desarrollo Profesional, han comenzado a recibir certificaciones relativas a la Docencia baremable en dicho proceso, y en las cuales Vd. deniega su reconocimiento afirmando que “no se puede acreditar que –el trabajador solicitante- haya ejercido actividad docente alguna con relación al personal de primer ingreso o incorporación”, con el visto bueno del Gerente.
Ante semejante ejercicio de cinismo, impreso y con el visto bueno del Gerente, negando lo evidente, esta organización que represento tiene a bien manifestar lo siguiente:
Primero.- El Sespa, y por ello las Gerencias del Área, no han prestado jamás ningún tipo de formación a los trabajadores de nuevo ingreso.
Segundo.- Resulta difícil poder manejar los equipos y programas informáticos, o poner en marcha los protocolos de atención o facilitar información a los usuarios de los Centros y Servicios si no se dispone de formación previa.
Tercero.- Estos trabajadores y trabajadoras que el Sespa “tira como un trapo” en los Centros de trabajo sin la más minima formación previa, además de pasar el mal trago que conlleva esta situación, se ven obligados a recabar la colaboración de los más veteranos que, además de realizar sus funciones propias, se convierten en “tutores” necesarios del personal de nuevo ingreso, y por tanto en Docentes.
Cuarto.- El Sespa se ahorra esfuerzos y dinero en la formación del personal de nuevo ingreso, derivándolo al personal “más veterano”, y encima se le deniega su reconocimiento. El colmo.
Hasta aquí la explicación razonada de lo que sucede realmente, que deja muy clara la existencia de una labor formativa llevada a cabo por el personal veterano hacia el de nuevo ingreso. Es evidente que el Sespa, y las Gerencias, conocen perfectamente la situación planteada, y por eso resulta absolutamente VERGONZOSO e INADMISIBLE, que pueda Vd. certificar en un documento la inexistencia de esa Transmisión del Conocimiento.
Le recuerdo que el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Sespa (BOPA nº 268 de 19/11/2009), en el último párrafo del apartado 2. “Acciones en materia de formación”, dice “Asimismo se reconoce la función de la transmisión del conocimiento en todos los colectivos profesionales que desempeñen su actividad en el Sespa”. También existe jurisprudencia al respecto, en sentido favorable a los trabajadores.
Quiero trasladarle por medio de estas líneas en representación de CCOO, nuestra sorpresa por semejante desprecio a la normativa y a la realidad. Su actitud supone una falta de respeto al conjunto de profesionales del Área y dice bien poco de Vd. y del ente que representa.
Le anuncio, asimismo, que ejerceremos acciones legales frente a su pronunciamiento.
Atentamente,
Carmen Conde Soladana
S.Gral de CC.OO. del Hospital San Agustín
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