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Una Resolución detallada no sólo en cuanto al número de efectivos de mínimos por categorías, destinos y días, sino en cuanto al qué y cómo de la actividad a atender …

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Boletín Nº 238 del sábado 13 de octubre de 2012

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE SANIDAD

Resolución de 11 de octubre de 2012, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen servicios mínimos para las huelgas, convocadas por los Sindicatos Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Asturias CC.OO., Sindicato SAIF (Federación de sindicatos, en la que están integrados los sindicatos SICEPA y USIPA), Sindicato de Enfermería SATSE Asturias, Sindicato USAE Asturias, y Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores FSP-UGT Asturias, que se desarrollarán durante los días 16 y 23 de octubre de 2012, 18 y 31 de octubre de 2012, 17 y 30 de octubre de 2012, 19 de octubre y 5 de noviembre de 2012, y 22 de octubre y 6 de noviembre de 2012, respectivamente.

Tramitado el expediente de fijación de servicios mínimos por esta Consejería y en base a los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Convocadas huelgas, para todos los trabajadores empleados en el ámbito de Atención Primaria y de Atención Especializada de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por el Sindicato Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Asturias CC.OO., que se desarrollará los días 16 y 23 de octubre de 2012, por el Sindicato SAIF (Federación de sindicatos, en la que están integrados los sindicatos SICEPA y USIPA), que se desarrollará los días 18 y 31 de octubre de 2012, por el Sindicato de Enfermería SATSE Asturias, que se desarrollará los días 17 y 30 de octubre de 2012, por el Sindicato USAE Asturias, que se desarrollará los días 19 de octubre y 5 de noviembre de 2012, y por la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores FSP-UGT Asturias, que se desarrollará los días 22 de octubre y 6 de noviembre de 2012, en todos los casos en jornadas de 24 horas (desde las 8.00 horas del día indicado hasta las 8.00 del día siguiente), y atendida la necesidad de garantizar el normal desarrollo de unos servicios públicos que se consideran esenciales a la Comunidad, como son los Servicios Sanitarios, se procede a fijar los servicios mínimos para la huelga de referencia.

Texto de la disposición   PDF de la disposición (1494 Kb)  

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