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Todos los chilenos adultos son ya donantes por ley

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La norma aprobada en el país sudamericano impone esta condición a todos los mayores de edad, a excepción de que comuniquen lo contrario
Momento de un trasplante en un hospital español. / Archivo
El comercio. 11.05.13 - 08:12 - AGENCIAS | SANTIAGO DE CHILE
La Cámara de Diputados de Chile ha aprobado una ley que modifica el régimen de donación de órganos, obligando a que todos los mayores de 18 años se conviertan en donantes de órganos, es decir, una vez que fallezcan podrán extraerse sus órganos sin orden expresa del fallecido o autorización de la familia, a menos que expresen lo contrario ante una notaría y ante el Registro Civil. Por 59 votos a favor en una Cámara de 120 escaños, la nueva legislación, presentada por los parlamentarios Víctor Torres y Matías Walker, de Partido Demócrata Cristiano (DC), fue aprobada el jueves, según ha informado la página web del hemiciclo.

«Hoy es un día muy importante para el fortalecimiento de la donación de órganos. Nos alegramos mucho, ya que la normativa que teníamos, en la práctica, generaba muchas trabas para la donación, lo que incluso había significado que bajaran los índices de manera importante», ha destacado Torres. «Es un perfeccionamiento al sistema y nos ponemos al día con el apoyo a la donación de órganos en Chile», ha apostillado el parlamentario.

Por su parte, Walker ha destacado que la ley «será de gran ayuda para los cientos de chilenos que hoy requieren un trasplante». «Estamos defendiendo el derecho a la vida», ha asegurado. Según la ley, «toda persona mayor de dieciocho años será considerada como donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que hasta antes del momento en que se decida la extracción del órgano, se presente una documentación fidedigna, otorgada ante notario público, en la que conste que el donante en vida manifestó su voluntad de no serlo». «Además, el notario deberá remitir dicha información al Servicio de Registro Civil e Identificación para efectos del Registro Nacional de No Donantes, según lo establezca el reglamento respectivo», añade la nueva legislación.

La ley entrará en vigor a los cuatro meses de que el presidente chileno, Sebastián Piñera, la firme y la publique en el boletín oficial, por lo que los parlamentarios han pedido al mandatario que rubrique la norma cuanto antes

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